Ministerio de Transporte pone ‘pie a tierra’ a plataforma Picap

La cartera de gobierno que ordena la política de transporte en el país interpuso una acción popular y demandó a la socidad PICAP INC, por prestación ilegal de servicio público en vehículos de dos ruedas


Andrea es una joven que solo tiene 23 años y que normalmente ‘le coge la noche’ para llegar a tiempo a su trabajo. Sabe que por los trancones, el bus le demorará más en llegar y eso, si pasa alguno que no esté a reventar y la pueda recoger. Otra opción sería llegar en la bicicleta o a través de las nuevas patinetas eléctricas, pero no. Simplemente saca su celular, abre la aplicación Picap y pide una motocicleta. En 15 minutos está en el trabajo, pagó $5.000 y no entró tarde. 

Javier también es un usuario de la aplicación porque considera que en moto le rinde más en llegar al trabajo en el tráfico capitalino. Aunque es consciente que su uso no está regulado, lo utiliza porque prefiere eso al transporte público. 

No son los únicos casos donde el mototaxismo se ha convertido en una alternativa viable. Todo por cuenta del desarrollo de la tecnología. SIn embargo, el Ministerio de Transporte acaba de pronunciarse sobre este tema y su reacción fue presentar una demanda contra la aplicación Picap en la cual se argumenta que la prestación de este servicio es ilegal y representa un inminente riesgo que compromete la vida de los usuarios. 

En Colombia, según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el 2018 el 54,9% de siniestros viales correspondieron a conductores de motocicletas o sus acompañantes. En Cali, Medellín y Bogotá, donde actualmente opera la aplicación, los porcentajes de siniestros que incluyeron motociclistas fueron 61,6%, 59,2% y 39%, respectivamente. 

Ante la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Ministerio de Transporte, interpuso una acción popular contra la sociedad comercial PICAP INC., por ofrecer en Colombia y sin ninguna autorización legal, la prestación del servicio público de transporte de pasajeros en vehículos de dos ruedas, de manera ilegal. 

Según reza el texto de la demanda interpuesta por el Ministerio, PICAP INC. mediante la explotación indebida de Plataformas Tecnológicas ofrece y recibe las solicitudes de los usuarios, concretando la prestación del servicio de transporte con vehículos motocicletas pertenecientes a terceros, a cambio de una contraprestación económica determinada unilateralmente por dicha empresa y cuya cuantificación responde a la imposición de sus propios criterios valorativos, suma de la cual esta retiene un porcentaje por el cobro de su gestión. 

El Viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos, dijo que en Colombia, según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el 2018, el 54,9% de siniestros viales correspondieron a conductores de motocicletas o sus acompañantes.

Señala la demanda: (…) “en Colombia no está autorizado prestar bajo ninguna modalidad o condición el servicio público de transporte de pasajeros en vehículos de dos ruedas y, por el contrario, se considera esta actividad totalmente ilegal, y en consecuencia, el servicio de transporte que se promueve, se ofrece, se contrata y se presta a través de la plataforma tecnológica Picap, es una actividad comercial ilícita en razón que se ofrece un servicio público de transporte de pasajeros en vehículos de dos ruedas que, debe enfatizarse, no es un vehículo homologado para ello” (…). 

En concepto del Ministerio, PICAP INC., pone en riesgo la seguridad y la vida de los usuarios con un transporte que no es seguro, autorizado, vigilado, supervisado ni regulado por las autoridades competentes en el país, quedando de esta manera a la deriva, la responsabilidad frente a terceros y en donde se expone a los usuarios a accidentes y en general a una serie de riesgos sin que se pueda ofrecer ningún tipo de garantía para la seguridad e integridad de los mismos. 

Vale resaltar que con el Decreto 1079 de 2015, mediante el cual se unifica la reglamentación en materia de transportes, se impone a las personas naturales o jurídicas que presten legalmente el servicio de transporte como condición para su operación, la obligación de tomar seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual que cubran a las personas o a las cosas transportadas contra los riesgos inherentes al transporte, condición que no se cumple con servicios ilegales como el que ofrece PICAP INC. 

“En Colombia, según cifras de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el 2018, el 54,9% de siniestros viales correspondieron a conductores de motocicletas o sus acompañantes. En Cali, Medellín y Bogotá, donde actualmente opera la aplicación, los porcentajes de siniestros fueron 61,6%, 59,2% y 39%, respectivamente”, señaló el Viceministro de Transporte, Juan Camilo Ostos. 

Considera el Ministerio de Transporte, que PICAP INC., debe hacerse acreedora a las sanciones comerciales, civiles y eventualmente penales previstas para tal efecto, por prestar irregularmente el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en vehículos de dos ruedas, contraviniendo flagrantemente el ordenamiento jurídico colombiano.

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