Expertos dicen que decreto para el uso de bases de datos es ilegal. Responde Superindustria.
En 23 días se vence el plazo para que las empresas que manejan bases de datos
con información personal de los colombianos las puedan usar sin que medie
autorización de sus titulares.
Siguiendo las instrucciones del decreto 1377 de junio de 2013, muchas
publicaron anuncios de prensa y enviaron millones de correos electrónicos con el
propósito de cumplir con el hábeas data (Ley 1581 de octubre de 2012) que
protege este tipo de datos y exige que el dueño de los mismos autorice su
uso.
Sin embargo, esa labor, que costó varios millones de pesos, podría quedar sin
efecto si prosperan varias demandas que se cocinan contra el decreto del
Gobierno.
“Ese decreto es contrario al espíritu de la ley, que dice que el ciudadano
debe autorizar previa y no posteriormente el uso de sus datos. Además, la
notificación por un aviso no es suficiente ni legal”, explicó Azael Carvajal,
experto en derecho a la comunicación.
El periodista Javier Darío Restrepo fue más allá y anotó que se estaría
incurriendo en un abuso de poder en el que las empresas buscan someter a la
gente del común a esas reglas, so pena de retirarles sus servicios.
Tres puntos de
discordia
“El ciudadano es dueño de sus datos y se los entrega a quien considere que le
va a dar un beneficio. Pero pierde su autonomía y dignidad cuando lo presionan a
que entregue su información”, dijo Restrepo.
Abogados que preparan demandas contra el decreto cuestionan tres puntos.
Dicen que es ilógico e ilegal que se dé por hecho que todos los que aparecen
en una base de datos puedan ser notificados con un aviso de periódico o en la
página web de la empresa que almacena la información. La ley de hábeas data
habla de autorización expresa y directa del dueño de los datos.
También critican el plazo perentorio que se le dio a la gente –30 días– para
que conteste si quiere permanecer en las bases de datos. De lo contrario, la
empresa da por hecho la autorización.
Esa especie de silencio positivo, explican, tiene efecto solo frente
a funcionarios públicos, pero no con los ciudadanos. Así las cosas, no
hay tal autorización tácita.
De hecho, insisten en que debe mediar un “consentimiento previo, expreso e
informado del titular”.
En respaldo de esas afirmaciones citan la propia ley de hábeas data y cuatro
fallos de la Corte Constitucional, uno de febrero pasado.
En este, el entonces magistrado Alexei Julio Estrada puntualizó que el
permiso para el uso de datos “debe ser expreso, previo, claro, escrito, concreto
y libremente otorgado por el titular del dato (...)” para que sea usado.
De lo contrario, “se vulneraría el derecho a la autodeterminación informática
porque no tendría control de la información personal, financiera y crediticia
que circularía en las bases de datos públicas y privadas”.
Además, se violan los derechos a la intimidad y al buen nombre, que el Estado
debe salvaguardar.
El Ministerio de las TIC se abstuvo de pronunciarse sobre la supuesta
ilegalidad del decreto, argumentando que el seguimiento a su aplicación es
competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio.
‘El decreto es
legal’
Al respecto, el superintendente delegado para Datos Personales, José
Alejandro Bermúdez, calificó de legal el decreto, el cual, dijo, fue expedido a
la luz la ley de hábeas data.
“Esta prevé un régimen de transición que le da facultades al Gobierno para
reglamentar el tema y así se hizo”, explicó Bermúdez.
Y advirtió que, de no proceder en ese sentido y con los plazos impuestos, se
hubiera producido un caos informático. Pero dijo que se pronunciará sobre la
constitucionalidad del contenido del decreto cuando se presenten las primeras
demandas.
Por lo pronto, aclaró que, en cualquier momento, un ciudadano puede pedir que
lo borren de una base de datos y que habrá multas para la empresa que se
niegue.
¿En qué va
el proceso?
‘Ya no se puede avisar por la prensa’: Súper
‘Ya no se puede avisar por la prensa’: Súper
El superintendente para Datos Personales, José A. Bermúdez, advirtió que la
posibilidad de que las empresas avisaran a los abonados de sus bancos de datos
por la prensa venció el 27 de julio, y ahora sólo lo podrán hacer de forma
directa. Las multas son de hasta 2.000 salarios mensuales e incluso el cierre,
si los datos son de etnia, religión, filiación política o sindical. La queja se
pone primero ante el responsable de su manejo y si a los 15 días no responde,
ante la Superintendencia de Industria y Comercio.