medidas de compensación se deben aplicar desde noviembre de 2013 y de forma total serán efectivas desde enero de 2014
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) dejó en firme la resolución CRC 4295 de 2013, en la que establece que los usuarios de telefonía celular deben recibir compensaciones económicas o de tiempo al aire, por las fallas en los servicios móviles.
"Con base en las múltiples quejas de usuarios y las directrices establecidas por el Congreso, la Comisión de Regulación de Comunicaciones adoptó medidas orientadas a que el servicio prestado por los operadores sea de la mejor calidad", afirmó Carlos Márquez, director de la Comisión.
Dice Márquez que esta resolución también obligará a cada empresa de telefonía móvil, "a mejorar la atención y el servicio al cliente de manera no presencial, evitar además los cobros excesivos por el uso del roaming internacional y que los usuarios elijan el operador según la calidad del servicio".
La compensación en dinero o minutos al aire o del plan de datos será de manera automática, establecidas por la CRC como "las deficiencias en la prestación del servicio, opción al usuario de elegir libremente el tiempo y límite del gasto del roaming internacional".
Estas medidas de compensación se deben aplicar desde noviembre de 2013 y de forma total serán efectivas desde enero de 2014, según la CRC.
Tiempo y límite de gasto en roaming internacional:Los usuarios pueden elegir libremente el tiempo de duración de la activación del roaming internacional y su límite de gasto. Pueden definir límites de consumo diarios o mensuales. Las empresas deben informar al usuario de esta posibilidad
Fortalecer atención al usuario por mensajes de texto: Los usuarios pueden enviar la palabra "QUEJA" al código 85432, para que la empresa que les presta el servicio los contacte en menos de 24 horas y puedan presentar sus quejas o reclamos sobre la calidad del servicio.