Las áreas grises de la revolución digital


En medio del acelerado cambio digital y las nuevas tecnologías que se incorporan a la vida diaria, se empiezan a crear brechas entre las oportunidades y los retos que ellas generan. Las soluciones no son únicas y la prueba y el error están a la orden del día. 

La Cuarta Revolución Industrial que ha implementado la digitalización, las TIC, la interconexión de dispositivos, la robótica y el internet de las cosas, llegó par aquedarse. Estas tecnologías de última generación están transformando cada vez más, y de manera acelerada, la forma de producir, distribuir y consumir bienes y servicios. El desarrollo, la expansión y la consolidación de las plataformas digitales son prueba de ello. 

Estas herramientas llegaron a casi todos los ámbitos de la vida para solucionar problemas y suplir necesidades comunes de los individuos eficientemente. Y debido a que los avances pueden ocasionar el desplazamiento de trabajos tradicionales la transición al uso de dichas innovaciones ha tenido algunos traumatismos y generado ciertos descontentos. Independientemente de estas complicaciones, la consolidación de las plataformas digitales ha impulsado una revolución económica que seguirá expandiéndose, lo que generará retos y oportunidades. 
¿Opción ante el desempleo o fomento de la informalidad? 

En Colombia algunas plataformas digitales han tenido una historia convulsionada, al igual que en otras partes del mundo, debido a los choques de intereses con prestadores de servicios que consideran que estas incurren en competencia desleal, debido a que no se rigen bajo las mismas normativas ni tienen las mismas condiciones en el mercado. Entre las objeciones de algunos sectores, como el de los taxistas y el hotelero, se encuentra que compañías como Uber o Airbnb no pagan los mismos impuestos ni hacen las contrataciones laborales de acuerdo con lo estipulado por la ley, generando desbalances fiscales y precarizando el trabajo. 

Otro punto de discordia es el referente a si estos instrumentos fomentan el aumento de la informalidad, que ya es bastante alta en Colombia. Según datos del DANE, para enero de 2020 la población ocupada informal en las 23 ciudades y áreas metropolitanas se ubicó en el 47,7 %. Por el contrario, se puede argumentar que ante el bajo acceso al empleo formal, las plataformas se convierten en una opción válida para combatir el desempleo, el cual fue del 13 % en ese mismo periodo. 

Lo cierto es que la regulación se quedó atrasada frente a los avances de la tecnología, cuyo desarrollo va mucho más rápido que el de los sistemas jurídicos, y el entorno no se va a ajustar a las normativas desactualizadas, pues la tecnología va cambiando, sí o sí, el modo de vida de las personas. 
Retos que traspasan fronteras 

Actualmente, la OCDE trabaja en el programa de Erosión de la Base y Traslado de Beneficios, en el que ha fijado una hoja de ruta y una serie de recomendaciones para que los países miembros puedan gravar las plataformas y empresas tecnológicas a fines de 2020. En el caso colombiano se deberán abordar interrogantes como la relación laboral y las discusiones tributarias sobre el alcance en el recaudo y el pago de IVA e impuesto de renta. 

En el país, desde hace más de un año, hay mesas de trabajo en las que participan representantes del Gobierno y de algunas plataformas. En estos espacios se han venido dando discusiones transversales, independientemente del sector en el que se desenvuelven dichos avances tecnológicos. Los promotores de la regulación han expresado la necesidad de que quienes utilizan las aplicaciones para trabajar tengan que afiliarse al sistema de seguridad social como independientes, lo cual incluye que paguen sus respectivos aportes de salud, pensión y riesgos laborales. 

Un paso importante que ha dado el país en torno al tema normativo es que en el más reciente Plan Nacional de Desarrollo (Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad) se incluye un capítulo completo sobre transformación digital. En el caso específico de las plataformas digitales, el artículo 205 establece que el gobierno tiene plazo de un año para presentar un proyecto de ley, en virtud de establecer las condiciones de protección de los trabajadores que prestan un servicio a través de estas. 

Dichos avances eran necesarios ante la falta de articulación que se venía presentando; sin embargo, aún se requiere concretar una legislación diferencial y específica que reconozca los nuevos modelos de negocio, como el de las plataformas de economía colaborativa, y que además garantice los derechos de los consumidores y elimine o modere las disparidades reglamentarias. 

De acuerdo con datos de la DIAN, el año pasado el gobierno recibió en promedio cerca de $ 15.000 millones mensualmente por el cobro que las plataformas le hacen a cada usuario cuando utiliza sus servicios. En total, 22 compañías hicieron estos aportes al ente recaudador desde el 1 de julio, fecha en que entró a regir el gravamen. Entre estas se encuentran gigantes como Netflix, Deezer y Amazon. 

No se puede negar que hay un avance, tanto así que Airbnb anunció que legalizará su operación de alojamientos en Colombia. Tras varios meses de diálogo dicha empresa, con sede en EE.UU., acordó su inscripción en el Registro Único Tributario y el tributo efectivo del IVA. Por su parte, Didi (plataforma que ya cuenta con más de 100 mil conductores) y Beat han expresado estar a favor de que exista un reglamento claro de su actividad para poder desarrollarla sin que sus modelos de economía colaborativa generen asimetrías regulatorias. 
Un ejemplo, muchos matices 

Uber es un caso que merece mención, debido a que llegó a tener cerca de 2,2 millones de usuarios y 80 mil conductores adscritos en Colombia. El cese de operaciones temporal en el país a finales de enero de 2020, producto de una orden de la Superintendencia de Industria y Comercio, causó descontento entre muchos usuarios y celebración entre los taxistas. 

A menos de un mes de su salida, la compañía anunció su regreso con una nueva modalidad, definiéndose a sí misma como “un punto de contacto entre dos partes”. El nuevo modelo establece que el usuario que quiera hacer un viaje o trayecto debe aceptar un contrato desde la aplicación, el cual dura únicamente el tiempo que tarde el recorrido. Cada contrato cuenta con un seguro que cubre responsabilidad civil y accidentes personales. 

La experiencia de Uber en otros países ha sido heterogénea. En Indonesia, el Ministerio de Transporte se centró en establecer una tarifa mínima y una máxima para los taxis y las aplicaciones. Con ello, reguló las variaciones en los cobros que cambiaban según la demanda, la hora o el tráfico. Estableció que los conductores tengan un seguro de accidentes y que los vehículos sean sometidos a un test de seguridad vial. Además, el ente gubernamental les ordenó a estas compañías cumplir con una cuota de flota vehicular para cada ciudad. 

En Australia, Camberra se convirtió en la primera capital del mundo en legalizar el viaje compartido y ser amigable con Uber. En esta ciudad se reglamentó que los conductores de UberX no tendrían permitido recoger pasajeros en la calle, sino en los paraderos designados. También se redujeron a menos de la mitad las tarifas de arrendamiento que pagaban los taxis. 

En EE.UU. cada entidad territorial ha definido reglas propias. En Ohio las aplicaciones de viajes compartidos deben pagar una tarifa de USD 5.000 por carro para obtener un permiso de las autoridades y poder operar. En Nevada se cobra un impuesto del 3 % a todos los viajes. California estipuló que Uber debe ofrecer a sus conductores un seguro mínimo variable de entre USD 50.000 y USD 100.000 en caso de muerte o lesiones, y legisló a favor de tratar a los conductores como empleados y no como contratistas independientes. No obstante, la compañía demandó al Estado argumentando que no hay forma de cumplir con esta decisión. 

Chicago concretó que los choferes deberán hacer un curso online para adquirir una licencia de conducción especial, que deberá ser renovada anualmente. Estos deberán tener, a simple vista, un letrero que indique que se puede llamar al 311 para dejar sus quejas del servicio, no podrán circular con vehículos que tengan más de seis años de antigüedad y tendrán que dar una comisión de 40 centavos por viaje. 

En Latinoamérica, el gobierno de México decretó que la compañía tiene que pagarle al Estado el 2 % de lo que recaude y costear un derecho de circulación de alrededor de USD 300. Los conductores tienen que contar con un permiso anual de circulación, cuyo valor bordea los USD 100, y los vehículos que circulen deben tener aire acondicionado y estar avaluados en, por lo menos, USD 12.600. 

En Colombia, por ahora Uber ha logrado seguir operando con su nueva modalidad, aunque es de esperarse que la controversia respecto a su presencia en el país siga latente, al menos hasta que se determinen con claridad sus aportes al fisco y se reglamente su operación ante la ley.

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